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IVA España

Calculadora de IVA para España


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Precio con IVA
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Tipo Precio con IVA IVA
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En España, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un tributo clave. Es un impuesto indirecto que grava productos y servicios, independientemente de la renta. Presente en toda la UE como «EU VAT», cada país adapta su normativa. A continuación, exploramos el IVA en España.

Similar al impuesto sobre las ventas en EE.UU., varía según la transacción.



Preguntas Frecuentes



De los tres tipos de IVA que hay en España, el general es el que se aplica con mayor frecuencia. Este impuesto grava cualquier bien o servicio que no pueda acogerse a los tipos de IVA reducidos. El tipo general de IVA en España es del 21%.

Algunos productos y servicios sujetos a este IVA son automóviles, productos de bricolaje, electrodomésticos, bebidas alcohólicas, artículos de moda, gasolina, productos intermedios de fabricación, servicios funerarios, eventos deportivos, servicios de estética y dispositivos electrónicos.

El IVA reducido aplica un porcentaje del 10% a ciertos bienes y servicios esenciales.

Entre los productos y servicios sujetos a este tipo se incluyen actividades culturales, agua potable, hostelería y restauración, productos alimenticios para humanos y animales, electricidad, gas, medios de transporte, artículos farmacéuticos, gafas y lentillas, obras de reforma de viviendas y ciertos bienes agrícolas y ganaderos.

El IVA superreducido aplica un porcentaje del 4% a bienes de primera necesidad.

Algunos de los productos sujetos a este tipo de IVA son medicamentos, libros y prensa escrita, vehículos para personas con movilidad reducida, prótesis e implantes, productos de higiene femenina, viviendas de protección oficial y servicios de teleasistencia.

En Melilla y Ceuta se aplica el IPSI, con tipos entre el 0.5% y el 10%. En las Islas Canarias, en lugar del IVA se aplica el IGIC, cuyo tipo general es del 7%.

Las empresas y autónomos deben recaudar el IVA en sus facturas y declararlo trimestralmente mediante modelos como el 303, 349 y 390.

El IVA repercutido es el que pagan los clientes en las facturas. El IVA soportado es el que paga la empresa en sus compras. La diferencia entre ambos se declara en Hacienda.

Algunas operaciones están exentas de IVA, como donativos, asistencia sanitaria, formación y seguros. Otras no están sujetas, como muestras gratuitas y pagos en especie.